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«No se puede permitir el indulto de Fujimori» reclaman victimas a IDH

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Abogados del Estado y de los familiares de las víctimas expusieron sus alegatos. Comisión Interamericana solicitó revocar el beneficio. El tribunal dijo que lo evaluará en este período de sesiones para “eventualmente” adoptar una decisión.

Más de una hora duró la audiencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en la que se expusieron los argumentos para evaluar si el indulto humanitario de Alberto Fujimori contraviene el cumplimiento de las sentencias sobre los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta que ordenan investigar y sancionar a los responsables.

Los abogados de los deudos detallaron las irregularidades del beneficio concedido por el presidente Pedro Pablo Kuczynski en tan solo 13 días y en medio de un pedido de vacancia en su contra, pidiendo que el tribunal supranacional ordene a Perú remover lo que calificaron como un obstáculo a la justicia. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló que la Corte debe revocar el indulto y derecho de gracia otorgado a Fujimori.

Desde su punto de vista, los agentes del Estado centraron su defensa en que el caso debe ser visto en fuero interno por el Tribunal Constitucional, aseverando que las víctimas se han saltado ese paso, e incidiendo en que la exención de la pena se dio porque la vida del condenado ex mandatario corría peligro en la prisión.

Pasado el mediodía, el presidente del tribunal supranacional, Eduardo Ferrer Mac-Gregor, dio inicio a la sesión precisando que su propósito era recibir de parte de Perú información sobre el cumplimiento de su obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de las violaciones a derechos humanos en los casos Barrios Altos y La Cantuta, ambos con sentencias de la Corte IDH. Y por supuesto, escuchar a los delegados de los afectados.

El primero en usar la palabra fue la representación del Estado. Jorge Villegas Ratti aseguró que el Estado cumplió con investigar y sancionar al presidente Fujimori, lo que fue «valorado positivamente por la honorable Corte». Añadió de inmediato, que «el dolor de las víctimas» los lleva «bajo una teoría de «conjura política” a pretender «equivocadamente» desconocer que la justicia supranacional cuando la instancia debe ser el fuero interno.

Señaló que la prisión no puede ser una pena de muerte encubierta y que el Estado repudia la ley del talión y reafirma su derecho a otorgar indultos humanitarios aun a los condenado por graves violaciones de los derechos humanos.

Por su parte, Adrián Simons incidió en que los deudos no han extinguido todos los medios en Perú para conseguir la nulidad de la Resolución Suprema N° 281-2017, que concede el indulto humanitario a Alberto Fujimori.

«No estarían permitiendo al Estado peruano revisar el acto de indulto a través de sus órganos jurisdiccionales independientes e imparciales», aseveró.

Informó que más bien sus abogados han dirigido dos cartas al presidente de la República y al Ministerio de Justicia, pidiendo la nulidad de la resolución suprema.

En este punto admitió que el Tribunal Constitucional peruano, en su fallo sobre el indulto concedido a Alfredo Jalilie Awapara, en 2006, indicó que la gracia presidencial no es absolutamente discrecional y puede ser materia de control constitucional. Mientras que en el caso de José Enrique Crousillat, estableció que el indulto tiene calidad de cosa juzgada, por lo tanto, el presidente de la República no puede dejarlo sin efecto.

Acotó que los familiares de las víctimas pueden presentarse un recurso de revisión en sede penal, la cosa juzgada fraudulenta en sede civil, y en sede constitucional el amparo y el hábeas corpus, remarcando que eso no lo han hecho.

Los dos negaron que el indulto a Alberto Fujimori se haya dado producto de una negociación política, y aseguraron que se amparó en el informe médico que detectó diez enfermedades graves e incurables que se pueden agravar en prisión y podrían ocasionarle la muerte.

«Solicitamos que se declare que las víctimas tienen todo el derecho y las garantías para acceder a un recurso eficiente y efectivo ante la justicia constitucional peruana», dijo Simons.

INDULTO POLÍTICO

Carmen Amaro, cuyo hermano Armando fue ejecutado por el destacamento militar Colina en julio de 1992, comenzó a hablar en nombre de las víctimas.

«Era un estudiante de 25 años que fue secuestrado, asesinado y hoy se encuentra desaparecido. Nos hacemos presentes por la memoria de nuestros familiares. Venimos a esta audiencia porque el Estado peruano no nos ha escuchado», manifestó.

Luego tomó la palabra la directora de la Asociación Pro Derechos Humanos, Gloria Cano. Recordó que Alberto Fujimori recibió una sanción en los tribunales peruanos por la comisión de delitos de lesa humanidad por la desaparición forzada y asesinato de nueve estudiantes y un profesor de la universidad La Cantuta, así como la ejecución extrajudicial de quince personas en un solar de Barrios Altos, entre ellos un niño de 8 años.

Unos metros detrás de ella estaba su madre, Rosa Rojas, cuyos ojos se llenaron de lágrimas al escucharla.

«La resolución suprema con la cual se concedió indulto y derecho de gracia a Alberto Fujimori fue resultado de un pacto político, que consistió en la liberación indebida de una persona condenada por graves delitos a cambio de impedir vacancia de Pedro Pablo Kuczynski», denunció.

Carlos Rivera, del Instituto de Defensa Legal, detalló las evidencias sobre la negociación de la gracia presidencial, que se selló la noche del 21 de diciembre último, cuando el hijo del condenado y otros nueve congresistas que lo siguen se abstuvieron de votar por la vacancia presidencial.

Recalcó que tras revisar el expediente médico enviado por el Ministerio de Justicia a la Corte IDH se confirma que no se trató de un indulto humanitario. Mencionó, por ejemplo, que el Estado modificó procedimientos para beneficiar a Fujimori y que una semana antes de haber solicitado oficialmente el beneficio, se había comenzado a tramitar documentos para ello.

Tras los 20 minutos de exposición, David Velasco, de Fedepaz, solicitó al tribunal supranacional que declare que el indulto adoptado por el Estado peruano contraviene sus obligaciones con las sentencias de la Corte y le ordene remover todo obstáculo que impida una efectiva reparación a las víctimas.

LA COMISIÓN

De igual manera, los representantes de la CIDH le pidieron a la Corte que revoque el indulto y el derecho de gracia a Fujimori, argumentando que no les parece típicamente humanitario.

Indicaron que el Estado pudo adoptar otras medidas para garantizar la salud del condenado sin necesidad de darle libertad. Acogieron el informe de la Defensoría del Pueblo de Perú en cuanto al derecho de las víctimas.

Antes de finalizar, el presidente de la Corte IDH anunció que durante el presente período de sesiones, que culmina el 9 de febrero próximo, «la Corte analizará la información presentada por las partes y las observaciones de la Comisión Interamericana para adoptar eventualmente una decisión».

Así, deslizó la posibilidad de emitir un pronto pronunciamiento. La suerte de Fujimori está en sus manos.

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